martes, 24 de mayo de 2016

MI PRÓXIMO NEGOCIO SERÁ UN RESGUARDO INDÍGENA


 En un Estado Social de Derecho como el colombiano es factible que se piense en la protección de todos los grupos políticos, sociales y culturales existentes, así como en los derechos que hacen que éstos sean reconocidos como tales.

En el marco de esta protección surge la consulta previa como un derecho fundamental[1] y como una herramienta con la que cuentan los indígenas y los demás grupos étnicos que existen en Colombia, para que en caso de que se adopten medidas legislativas o administrativas o se pretendan proyectos u obras dentro de su territorio, se les de la posibilidad de opinar y manifestar sus inconformidades, en aras de proteger su integridad social, cultural y económica.

Sin duda, los fundamentos[2] de este derecho y mecanismo son extensos y todos muy loables, especialmente a la luz de una Constitución Nacional como la nuestra; incluso, puede afirmarse, que a través de nuestra Corte Constitucional, dicho mecanismo amplía su cobertura y ejecución con el paso de los años, haciéndose más fuerte e impenetrable a sus opositores. Elementos como a) la buena fe, b) el debido proceso, c) la diligencia, d) la publicidad, e) el acceso a la información, son algunos de esos desarrollos que han llevado a la consulta previa a ser el mecanismo que es hoy.

Nuestros ancestros: Pijaos, Emberás, Nukak Makus, Wayús, etc., deben sentirse sumamente felices de que Colombia sea un país considerablemente respetuoso de sus dioses y sus tradiciones, y sin duda, creo que “los choali”, “los kimbus” y los “oportunistas” también se sienten enormemente agradecidos con que Colombia cuente con este maravilloso mecanismo llamado consulta previa.

Son inauditos e innumerables los casos presentados en Colombia, donde un grupo de personas decide vincularse a un resguardo indígena o decide montar uno propio[3], y debo decir: ¡es admirable la capacidad de emprendimiento de los colombianos! ¿no lo creen?

Hoy por hoy, la consulta previa es una herramienta más de negocio, tanto para los reales grupos indígenas como para los ficticios. Y es lamentable afirmar que lo que empezó como un mecanismo de garantía a los grupos tradicionales presentes en Colombia, hoy sea una forma de burla y estafa a la Nación y a los empresarios inversionistas.

Como bien saben, la Consulta debe realizarse de forma previa a cualquier obtención de licencias y permisos, debe hacerse de forma pública en todo el resguardo y es obligatoria, para que se puedan realizar obras o proyectos. Así, una persona a la cual le ha sido previamente adjudicada una zona por un contrato, debe hacer todos sus esfuerzos por negociar con un pueblo indígena presente en la zona, aún si éste no es reconocido como tal por las mismas entidades nacionales; y en dicha negociación, debe procurar que las afectaciones culturales, sociales o económicas que se causen al grupo sean mitigadas o subsanadas.

Y es en ese tipo de situaciones, donde los famosos “oportunistas” entran a formar parte del juego, dentro de sus exigencias para preservar su identidad se encuentran cosas como camionetas 4x4, y es que no cabe duda, de que el espíritu del bosque afectado por el paso de las maquinarias en el resguardo, se sentirá muy complacido al poder montar en una camioneta 4x4 (si es que eso es físicamente posible).

¿Pero qué ha fallado? ¿qué ha llevado a la existencia de manifestaciones absurdas de este tipo? A mi juicio, han sido dos los problemas. En primer lugar, la falta de seriedad de las institucionales nacionales y la carencia de mecanismos eficaces que permitan identificar los grupos étnicos que se encuentran en el territorio colombiano, o que migran hacia el territorio en determinadas épocas del año; no es posible que no haya un sistema eficaz que permita dar seguridad tanto a un empresario como al mismo resguardo, de la existencia y vigilancia que ejerce el Gobierno Nacional sobre el mismo. En igual medida, es inaceptable que el gobierno colombiano ponga como exigencia para la obtención de licencias y permisos que la consulta previa deba hacerse a grupos aún no identificados o registrados, pero que habiten en la zona, y por esta misma vía, que se les consulte a los grupos étnicos aún cuando se trata de territorios que no hacen parte del resguardo[4].

En segundo lugar, nuestra guardiana de la Constitución ha sido totalmente laxa con los casos que han llegado a su competencia, respecto de los requisitos para considerar un grupo como una comunidad indígena, no cualquiera que use tapa rabo puede ser llamado indígena. Así mismo, no ha sido clara la Corte acerca de cuales son el tipo de exigencias que se pueden hacer, ¿por qué no establecer un vinculo causal directo entre la afectación y la reparación?, de esa forma, se garantiza que la afectación directa que sufre la comunidad se vea subsanada y se evite el abuso de este derecho. En último lugar, la Corte ha argüido que se debe hacer este tipo de Consulta a las comunidades étnicas que sufran una afectación indirecta, con la obra, proyecto o decisión legislativa o administrativa. Permítanme decir que por esa vía cualquiera debería ser objeto de consulta previa.

Finalmente, debo decir que el derecho a una consulta previa es uno de los grandes logros con los que cuenta Colombia, igualmente, considero que la oportunidad de participación a las comunidades étnicas en asuntos que puedan afectarlos o sean de su interés es de absoluta importancia, aquello con lo que no estoy de acuerdo, es en el mal manejo y desarrollo que ha tenido, permitiendo que en la actualidad se presenten casos de abuso de la figura, siendo terceros quienes deban asumir las consecuencias de los mismos.



Nancy Alejandra Vera Guzmán
Centro de Estudios Integrales en Derecho
@nancyalejandrav



[1] Ver Corte Constitucional, sentencia SU-039 de 1997. M.P. Antonio Barrera Carbonell.
[2] A través de la ley 21 de 1991, Colombia aprueba el Convenio número 169 de la OIT sobre pueblos indígenas y tribales en países independientes. Esta ley es la promotora de las futuras regulaciones dirigidas a proteger a las comunidades étnicas.
[4] Ver Corte Constitucional, sentencia T-849 de 2014. M.P. Martha Victoria Sáchica Méndez.

miércoles, 4 de mayo de 2016

EL MONOPOLIO DE LAS TELECOMUNICACIONES Y SUS EFECTOS NOCIVOS PARA LAS PYME

Las tecnologías de la información y las comunicaciones (TIC), en particular las soportadas por el internet, incluyen una amplia gama de servicios que tienen un impacto crucial en el desarrollo de las PYMES. El gobierno como ente regulador debe garantizar que el mercado ofrezca el precio más bajo posible y la mejor calidad. Sin embargo, durante los últimos 10 años, el desarrollo de ésta industria ha estado encaminado hacia la creación de monopolios privados que no han podido ser regulados y han generado precios exorbitantes y calidad deficiente.   

Antonio Ca' Zorzi[1], clasifica los usos de las tecnologías de la información en genéricos y particulares. El primer uso se concentra en la comunicación escrita (e-mail, SMS, chat), la comunicación audiovisual (Telefonía fija, móvil), almacenamiento y distribución de documentos de la empresa y la búsqueda de información en Internet. Los usos particulares incluyen aquellos que dan solución a procesos internos del negocio, como las aplicaciones que facilitan la gestión financiera, las aplicaciones que sirven para el desarrollo de prototipos y manufacturas, así como las aplicaciones que permiten gestionar los stocks y planificar el suministro.

Uno de los usos más importantes de las TIC por las PYME es la promoción de  servicios y productos. La web es la mayor vitrina del mundo y un punto de contacto con potenciales clientes. De particular importancia es que en todo el  hemisferio las compras estatales están incorporando el uso de plataformas virtuales. Siendo el Estado el mayor consumidor de bienes y servicios, el manejo por parte de las PYME de estas plataformas, es indispensable para ganar acceso al mercado de compras estatales nacionales e internacionales.

De igual forma, las TIC son importantes en el comercio exterior ya que la tecnología permite procesar rápidamente documentación de aduanas para certificar origen y calidad de productos[2]. Muchas veces una documentación completa y verificable es un requisito para acceder a grandes mercados. Hoy en día estos procedimientos son casi siempre basados en una plataforma sobre Internet.

El proyecto TRZ.AR (Nuevas Tecnologías para el desarrollo de PYMES en Exportación de Carnes) en Argentina es un emblemático ejemplo del uso de las TIC en el comercio internacional. El objetivo principal del programa fue el uso de la tecnología para la  identificación y registros de animales. De esta forma,  los pequeños ganaderos podían agregar valor a su producto y eventualmente venderlo a los nichos de alto valor como la Unión Europea, ya que la trazabilidad es requisito necesario para exportar allí. Los beneficiarios del programa mostraron una mayor rentabilidad al haber podido acceder al mercado Europeo, una reducción del stock ganadero, expansión del empleo calificado y mejoras en sanidad animal, comercialización y registros[3].

El uso de las TIC también ha tenido un desarrollo especializado por sectores. Por ejemplo en la agricultura, sistemas de relevamiento meteorológico monitorean y prevén eventos climáticos. Esto permite que la agricultura de precisión ajuste las prácticas de cultivo a sus necesidades.

La importancia creciente del uso de las TIC hace que las empresas sean ávidas consumidoras de servicios de banda ancha y telefonía. Estos recursos se convierten en insumos importantes para el desarrollo de las pequeñas y medianas empresas de servicios, manufactureras, agrícolas y de tecnología. Por tanto, el Gobierno, como ente regulador, debe garantizar costos bajos y calidad creciente. Sin embargo, la administración de este importante recurso se ha reducido al lucro de empresas privadas en detrimento del acceso y la calidad del servicio.

Bajo el supuesto económico que indica el perjuicio de los monopolios para la prestación de servicios de telecomunicaciones, una de las empresas más prometedoras del país, TELECOM, fue liquidada. Actores privados entraron en el mercado de las telecomunicaciones y la Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC) se creó con el principal objetivo de impedir que se crearan monopolios privados. Sin embargo, lo que se ha visto es una captura de la CRC por parte de sus “regulados” que se ha extendido hasta el Ministerio y la Superintendencia de Industria y Comercio[4].

La empresa Claro llegó a tener el 62% del mercado de telefonía móvil celular, seguido por Movistar con el 24%. A fines del 2012 la Contraloría General presentó un informe que criticaba la poca inversión en infraestructura para mejorar la calidad del servicio por parte del oligopolio Claro-Movistar y la inacción del Ministerio para exigirla[5].

La falta de inversión en tecnología se explica por las consecuencias de un mercado con unas pocas empresas en posición dominante y una pésima regulación estatal. En competencia se espera que los múltiples oferentes en el mercado se tecnifiquen para reducir sus costos y ofrecer precios más bajos. Sin competenciala empresas que controlan el mercado no tiene incentivos para invertir en la reducción de sus costos y el mejoramiento de su calidad. 

En el mundo entero la legislación ha liquidado monopolios o desconcentrado mercados, por sus consecuencias perversas en el establecimiento de precios altos . En  Estados Unidos el gobierno disolvió el monopolio de la standard oil company y de AT&T.  En Colombia también se previene el monopolio en el campo de la generación eléctrica con la limitación de no generar más del 25% en el mercado. Se calcula que mantener la concentración del mercado en las telecomunicaciones le ha costado al país alrededor de US2.565 millones al año en perdida de bienestar social[6].

Es absurdo pensar que un poder económico multinacional, el señor Carlos Slim, dueño de la empresa Claro, pueda ser frenado por las débiles instituciones regulatorias Colombianas. Es necesario, garantizar la competencia en el mercado de las telecomunicaciones con acciones que apunten a desconcentrar el mercado y no simplemente a disimular una supuesta competencia entre tres oferentes. 

Se intentó dar una solución al problema en mayo de 2013 con la ley antimonopolio que buscaba establecer “los mecanismos de la intervención del estado para garantizar la competencia en los mercados de servicios móviles de telecomunicaciones de voz, datos y complementarios” sin embargo, el proyecto de ley se archivó en el congreso y no ha vuelto a ponerse la situación en la mesa.

Otro punto álgido en el debate es el control por el recurso que mueve la industria de las TIC, el espacio electromagnético, que es propiedad de todos los colombianos. En junio de 2013 el gobierno adelantó una nueva subasta de espacio electromagnético que buscaba introducir la nueva tecnología 4G y ampliar los oferentes. Haciendo caso omiso a las advertencias de concentración de mercado y la necesidad de revisar los contratos de las compañías dominantes (Sentencia C-555/2013), el gobierno adelantó la subasta sin ningún tipo de medidas preventivas. De acuerdo a la Contraloría General de la Nación, fue una subasta asimétrica que sacrificó la maximización de ingresos para la nación y no incrementó la competencia del sector. La Contraloría sostiene que, en principio, se conservó el tripolio establecido en las telecomunicaciones de Colombia, de CLARO, MOVISTAR y TIGO [7].

La entidad critica la insistencia de los operadores por una mayor asignación de espectro electromagnético antes de realizar inversiones tecnológicas que permitan un uso más eficiente del recurso ya asignado. Esto se auspicia por  la subvaloración del  espacio radioeléctrico concedido, lo que provoca que sea más barato conseguir un mayor espacio radioeléctrico que invertir en nueva infraestructura para aprovechar el espacio concedido.

De esta forma, la creciente necesidad de acceso al servicio de internet y telefonía móvil, aunada a la falta de inversión en tecnología e infraestructura por parte de los operadores  ocasiona el deterioro de la calidad de los servicios. La Contraloría identifica como causas principales, la debilidad institucional en hacer cumplir los indicadores de calidad y la subvaloración histórica del espacio radioeléctrico.

Es lamentable la desidia del gobierno en uno de los recursos más importantes para el desarrollo de las pequeñas y medianas empresas del país. El servicio de las telecomunicaciones tiene que mejorarse y expandirse, proceso que se entorpece por el monopolio auspiciado por el Gobierno. Los organismos de control lo advierten, el monopolio es la causa de la poca inversión en infraestructura que necesita el país. Está inhabilitando el desarrollo tecnológico del sector de las TIC que es un impulso necesario para la nueva economía digital. Es necesario que las PYME le sigan el paso a la regulación del sector para exigir mayor inversión, mejor servicio y precios competitivos.

Por: Laura Daniela Gonzalez Guerrero

Estudiante de Jurisprudencia de la Universidad del Rosario
Integrante del Centro de Estudios Integrales en Derecho.





[1]Antonio Ca’ Zarozi.  Las TIC en el desarrollo de la PYME Disponible en: http://pymespracticas.typepad.com/files/tic-y-pymes-en-al-final-2011.pdf
[2] Ver, Antonio Ca’Zarozi.
[3] Sebastián Galiani y Laura Jaitman. El impacto del programa TRAZ.AR en la provincia de Santa Fe, Argentina. Pag. 3. Disponible en: http://idbdocs.iadb.org/wsdocs/getDocument.aspx?DOCNUM=36227572
[4]Libardo Espitia. ¿Trabaja el ministro de las TIC para los monopolios? http://www.razonpublica.com/index.php/economia-y-sociedad/7117-las-comunicaciones-en-colombia-monopolios-privados-y-mal-servicio
[5]Libardo Espitia
[6] Juan Pablo Fernández. Hay que romper el monopolio de las telecomunicaciones. Disponible en: http://cedetrabajo.org/wp-content/uploads/2012/11/comunicaciones.pdf
[7] Informe de resultados de actuación especial de fiscalización, seguimiento a función de advertencia de mayo de 2013  Disponible en: http://www.contraloriagen.gov.co/documents/10136/186008126/022_AEF_SEGUIMIENTO_FADVERTENCIA_MINTIC.pdf/93bf22a5-8554-4291-bfcd-094a3189e475?version=1.0

domingo, 17 de abril de 2016

Lo que debe saber sobre el desminado humanitario en Colombia.

Lo que debe saber sobre el desminado humanitario en Colombia.

Querido lector, ¿sabía usted que el Gobierno de Colombia adelanta gestiones y programas en pro del desminado humanitario?, ¿Ha escuchado algo al respecto?. Independientemente de su respuesta, lo invito a conocer algunos datos interesantes sobre el tema, a propósito de la coyuntura para la paz que vive el país actualmente.

Iniciemos con el concepto, el desminado humanitario, es un tipo de asistencia, dirigido a las comunidades afectadas por las minas antipersonal (MAP), con el objetivo de remover del terreno, las minas, las municiones sin explotar (MUSE) y los artefactos explosivos improvisados (AEI)[1].  En palabras es un concepto simple que no se extiende más allá de 4 o 5 líneas, sin embargo desplegar un total de operaciones encaminadas a este fin, es una labor titánica, que alrededor del mundo envuelve a un número importante de personas y capacidades.

El objetivo del desminado humanitario consiste en despejar las tierras de minas antipersonal para ser usadas con plena libertad por desplazados, víctimas del conflicto armado y comunidad en general. Como vemos, no solamente consiste en una estrategia o un plan a implementar, sino que permite a las comunidades volver a vivir, retomar su espacio, su tierra.

Los inicios del desminado humanitario se remontan a 20 años atrás, momento en el cual el impacto de las minas antipersonal, comenzó a ser un tema relevante, considerando los miles de refugiados en Afganistán, Camboya y Mozambique. Por esta razón, la sociedad civil y las Naciones Unidas, iniciaron la difusión del concepto de desminado humanitario e iniciaron estrategias y programas para despejar las tierras de minas.  Actualmente en la Organización, el Servicio de las Naciones Unidas de Actividades Relativas a las Minas (UNMAS, por sus siglás en inglés), apoya en la labor de desminado a 40 países en conflicto, con un total de 17 operaciones extendidas a través de Asia, en estas zonas: Abyei, Afganistán, República Centroafricana, Costa de Marfil, Darfur, República Democrática del Congo, Irak, Líbano, Libia, Mali, Somalia, Sudán del Sur, Estado de Palestina, Sudán (con exclusión de Darfur), Siria Sahara Occidental, en colaboración con MINURSO (Misión de las Naciones Unidas para el referéndum del Sáhara Occidental)[2] y una sola operación en América, en nuestro país.

En Colombia, el tema del desminado humanitario, cuenta con un largo trayecto, que inició en el año 2001, momento en el cual el país suscribió la Convencion sobre la Prohibición de las Minas Antipersonal y asumió el compromiso de destruir las zonas minadas en el territorio nacional.  La Convencion sobre la Prohibición de las Minas Antipersonal, más conocida como Convención de Otawa, reitera que será obligación de los Estados parte, llevar a cabo sus mayores esfuerzos, para “identificar todas las zonas bajo su jurisdicción o control donde se sepa o se sospeche que hay minas antipersonal, y adoptará todas las medidas necesarias, tan pronto como sea posible, para que todas las minas antipersonal en zonas minadas bajo su jurisdicción o control tengan el perímetro marcado, estén vigiladas y protegidas por cercas u otros medios para asegurar la eficaz exclusión de civiles, hasta que todas las minas antipersonal contenidas en dichas zonas hayan sido destruidas”.
Colombia, en cumplimiento de estas obligaciones y por medio del Congreso de la República, profirió la Ley 579 de 2002, trasando la normativa para la aplicación de la Convención de Otawa en el país. Actualmente, es el DAICMA, La Dirección para la Acción Integral contra Minas Antipersonal, la entidad encargada de coordinar y regular la Acción Integral contra Minas Antipersonal (AICMA). Es una dependencia del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, coordinada por el Despacho del Ministro consejero para el Posconflicto, Derechos Humanos y la Seguridad. Sus funciones y estructura definidos en la ley 759 y  reglamentados por el Decreto 1649 de 2014 (Artículo 27)[3].
Para el año 2015, por parte del DAICMA, fue anunciado en el país el Plan Estratégico de la Dirección Integral para la Acción Integral contra Minas Antipersonal (DAICMA) 2015-2018. El plan se encuentra estructurado en tres enfoques principales: educación en el riesgo, asistencia a víctimas y desminado humanitario[4]. Para el año de implementación del DAICMA, un total de 14.426 m2[5] han sido liberados de minas antipersonal, 33 artefactos han sido destruidos y 3 áreas han finalizado el proceso de limpieza.  Actualmente, el plan estratégico piloto, se encuentra presente a lo largo de toda la geografía nacional, implementando y promoviendo, la acción contra las minas. BIDES, (El Batallón de Desminado Humanitario), opera en municipios de Antioquia, Meta, Bolivar, Santander, AEDIM, presente también en Bolivar, the HALO trust, despliega operaciones en Antioquia, Meta y Tolima. El resultado de toda esta labor ha sido para la fecha, 5 municipios libres de sospecha de minas entregados a las comunidades. [6]
Colombia ha compartido esta experiencia con la comunidad Internacional, en enero de este año durante la celebración del encuentro “Desminado humanitario, procesos de paz y territorio”[7], en Bogotá. Acontecimiento que reunió a representantes de la comunidad indígena, del Gobierno, autoridades locales, departamentales, civiles y representantes de la comunidad internacional. Las conclusiones de esta reunión fueron recomendaciones para la implementacion de los programas contra las minas, la promoción del enfoque diferencial[8], entre otras. Posteriormente en abril de este año, en el marco de la celebración del día Internacional de sensibilización contra las Minas Antipersonal, los Embajadores de Colombia, Italia y la Directora del UNMAS, Agnès Marcaillou, se dieron cita para compartir los resultados del plan estrategico implementado por el DAICMA y el sentimiento de la comunidad que ha vivido estos procesos.[9] Se resaltaron las bondades del mismo, tales como la recuperación de las tierras por parte de la comunidad afectada y el trabajo conjunto entre la comunidad y los actores del conflicto, para lograr el desminado, lo cual es un claro ejemplo de reconciliación.
Son pocos los hechos que se mencionan en este escrito, sin embargo la acción contra las minas en Colombia, refleja el compromiso del Gobierno con la paz del país y la implementación de políticas que permitan la reconciliación entre los diversos actores del conflicto, incluyendo a sus protagonistas y víctimas,  fundamental para este momento de la historia.

Autora Diana Sofía Jaramillo Gálvez.
Estudiante de Jurisprudencia Universidad del Rosario
Miembro del Centro de Estudios Integrales en Derecho
Pasante en la Misión Permanente de Colombia ante las Naciones Unidas




[1] (Enero, 2015). Sueños de paz. ¿Qué es el desminado humanitario?. Recuperado de: http://www.suelosdepaz.org/que-es-el-desminado-humanitario/
[2]Mine Action. Recuperado de: http://mineaction.org/programmes

[4] Cancillería. Colombia socializó el Plan Estratégico de la Dirección Integral para la Acción Integral contra Minas Antipersonal 2015-2018. Recuperado de: http://www.cancilleria.gov.co/newsroom/news/colombia-socializo-plan-estrategico-direccion-integral-accion-integral-minas

[5] Cancillería. Colombia socializó el Plan Estratégico de la Dirección Integral para la Acción Integral contra Minas Antipersonal 2015-2018. Recuperado de: http://www.cancilleria.gov.co/newsroom/news/colombia-socializo-plan-estrategico-direccion-integral-accion-integral-minas
[7](Febrero, 2016). Llamamiento de Ginebra. Más de 100 personas participaron en un encuentro sobre el desminado humanitario organizado por el Llamamiento de Ginebra y UNMAS en Bogotá. Recuperado de :
[9] (Abril, 2016). Cancillería. Colombia destaca la importancia de la cooperación internacional para el desminado humanitario en el posconflicto. Recuperado de: http://www.cancilleria.gov.co/en/newsroom/news/colombia-destaca-importancia-cooperacion-internacional-desminado-humanitario

domingo, 10 de abril de 2016

LOS JUEGOS DEL HAMBRE

En un paraje no muy remoto y en tiempos no muy lejanos al nuestro, rodeados de innovaciones que parecen salidas de una novela de H.G Wells, y bien adiestrados y acomodados en una civilización del espectáculo como la que describe Vargas Llosa, aún miramos con desdén y de forma secundaria los problemas de hambruna y miseria extrema que padecemos y no nos atrevemos a pensar en el rol del Estado y de nosotros mismos en estos juegos… los juegos del hambre.

¡Colombia tierra querida… himno de fe y alegría ! … lo cierto es que al escuchar o decir esta frase, pienso en lo bella que es mi tierra, pero también en las reservas de esperanza inagotables y de trabajo arduo de las cuales debemos dotarnos para progresar en humanización. En un país ecléctico, uno donde el realismo mágico no es un estilo literario sino una forma de vida, mueren cerca de 30 niños de desnutrición en los dos primeros meses del año en curso y se promedia que cerca de 898 niños padecieron de desnutrimiento en La Guajira durante el 2015, según cifra oficial del ICBF (Instituto Colombiano de Bienestar Familiar)[1]. Según el PMA (Programa Mundial de Alimentos de Naciones Unidas), alrededor de 795​ millones de personas en el mundo no tienen suficientes alimentos para llevar una vida saludable y activa[2]. Eso es casi una de cada nueve personas en la tierra y la gran mayoría de personas que padecen hambre en el mundo viven en países en desarrollo, donde el 12.9% de la población presenta desnutrición.

Lo cierto es que además de estas espeluznantes cifras, la  FAO  guiada por The Six Pillars of Food Sovereignity, (Nyéleni, Mal) ha puesto de presente que la soberanía alimentaria es el derecho de los pueblos a alimentos nutritivos y culturalmente adecuados, accesibles, producidos de forma sostenible y ecológica, y su derecho a decidir su propio sistema alimentario y productivo.

Aparejado y en consonancia con el derecho de soberanía alimentaria, la Constitución Política de Colombia establece el derecho a la alimentación equilibrada como un derecho fundamental de los niños y en cuanto a la oferta y la producción agrícola se establecen los deberes del Estado en esta materia. El CONPES Social 113 de 2008, enuncia que la Seguridad Alimentaria Nacional se refiere a la disponibilidad suficiente y estable de alimentos, el acceso y el consumo oportuno y permanente de los mismos en cantidad, calidad e inocuidad por parte de todas las personas, bajo condiciones que permitan su adecuada utilización biológica, para llevar una vida saludable y activa. Adicionalmente el Decreto 2055 de 2009, crea la institucionalidad que permite abordar la problemática de Seguridad Alimentaria y Nutricional (SAN) en forma integral y articulada, y crea la Comisión Intersectorial de SAN (CISAN).

Como es de esperarse, nuestras leyes son odas hermosas o declaraciones de buenas intenciones espectaculares. Sin embargo, es necesario dotar de espíritu, realidad y dientes a esas majestuosas disposiciones jurídicas. Así pues, cabe preguntarse si  “ la soberanía alimentaria” ¿es  una denominación que se justifica porque sin producción local no hay seguridad?. Si la respuesta es afirmativa, entonces se hacen necesarias políticas agropecuarias y campesinas respetuosas y coherentes. Se hace imperativo un Plan Nacional encaminado en la producción y alimentación de su gente, para que no haya más niños que repitan la historia cantada por Serrat en la nana de las cebollas. Se hace indispensable articular políticas de inversión, con planes y proyectos locales y regionales que propugnen por una verdadera seguridad alimentaria.

Expectantes de ver que sucede y de contribuir  desde este 2016 y en los años venideros, guardamos la esperanza de que el marco jurídico presente y las declaraciones, especialmente de la  CELAC (Comunidad de Estados Latinoamericanos y Caribeños) reafirmando su compromiso de priorizar la consolidación e implementación del  Plan de Seguridad Alimentaria, Nutrición y Erradicación del Hambre para el 2025 sean una realidad. Concluyo  recordando que una sociedad deseosa de cambiar sus realidades de violencia y pobreza extrema, que límite casi con la misria no se puede permitir tanta  indiferencia y aridez humana. Menos cuando los martires de la ineficacia del sistema y de la falta de conciencia general son las niñas y niños de estos juegos del hambre.

Autora, Mónica Andrea Avella Herrera
Estudiante Universidad del Rosario, Facultad de Jurisprudencia
Estudiante Université Paris 1 – Panthéon Sorbonne



[1]El Espectador ; ICBF detectó 898 niños con desnutrición en La Guajira ; 11 de febrero de 2016, http://www.elespectador.com/noticias/salud/icbf-detecto-898-ninos-desnutricion-guajira-articulo-615975.

[2] WFP. Programa Mundial de Alimentos : Datos del Hambre ; 2016, https://es.wfp.org/hambre/datos-del-hambre

lunes, 4 de abril de 2016

¿El vivo vive del bobo, y el bobo de papa y mama?

Latinoamérica un día de abril de un año cualquiera. Los estudiantes de la clase de tercero de primaria de una escuelita pública se encuentran castigados por su profesor de biología. Todos sancionados con anotación en su expediente y calificación deficiente. La culpable: una cedula de ciudadanía.
“Una vez, en una escuelita pública de aquellas que se destacan más por la fama de sus estudiantes, que por lo bueno de su infraestructura o la pulcritud de sus directivos, —por no hablar de los refrigerios que se consumen o la cantidad de libros en su biblioteca— se presentó una situación tan jocosa como dramática. El profesor de biología, don Estado, determinó que como tarea los estudiantes debían dibujar una célula, pues tenía como propósito introducirlos al maravilloso mundo de las ciencias naturales. El trabajo anunciado apenas unos instantes después de que sonara la campana que indicaba el tiempo de recreo, debía ser presentado el día siguiente. Los estudiantes no prestaron mucha atención y habiendo ya guardado sus cuadernos, formaron —en alegre pero anárquica actitud— una montonera que presurosamente pretendía tomar el sol fuera del salón de clases.
Al día siguiente, instantes antes de comenzar la clase con don Estado, uno de los estudiantes de apellido Vivo, recordó la labor que se le había encomendado, pero que la tarde anterior no había realizado por encontrarse sumamente ocupado jugando a la pelota. Rápidamente pidió ayuda a sus incondicionales amigos, Abeja y Avispado. Ambos desconcertados, pues compartían la negligente condición, no hallaron más opción que copiar la tarea de otro estudiante, aunque sabían que ello se encontraba prohibido. Tenían la costumbre de pedir la tarea a Bobo, alumno que usualmente cumplía con desgana sus labores. Sin tardanza ejecutaron su propósito. Dibujaron una figura rectangular con una imagen al lado izquierdo. Otros pequeños, observaron lo que hacían el trio de personajes en complicidad con el cuarto no tan pilo pero si complaciente.
Tras unos instantes, el resto del auditorio notó la diferencia de los dibujos propios y los recién realizados, y con la convicción errada de que habían fallado en el deber estipulado entraron en desasosiego. Al percibir la inquietud general, el trio de ilustres alumnos propuso a toda la audiencia, que imitara su proeza rompiendo el mandato de no copiar. El colectivo en su totalidad alcanzó —con la habilidad artística que da el miedo a la mala nota— a replicar la figura cuadrangular. La actitud de júbilo y euforia tras lograr la meta que implicó romper la regla de no copiar la tarea, sólo pudo ser interrumpida por el estruendoso chillido causado por don Estado cuando observó que todos los niños tenían en su cuaderno el dibujo del documento de identidad de la señora de Bobo, madre de uno de los estudiantes”.
La historia anterior puede resultar no muy lejana de la realidad. En la sociedad colombiana se presenta, al igual que en el resto de Latinoamérica, un marcado fenómeno de incumplimiento del deber jurídico. Las tasas de criminalidad, violencia e impunidad no disminuyen significativamente, aunque a diario el Estado trata de investigar nuevas fórmulas de lucha contra la ilegalidad. Se inventan nuevos tipos penales, se ordenan sanciones más gravosas y se invierte económicamente en la capacidad estatal de sancionar al infractor; nada es suficiente. La ineficacia normativa se observa en clases altas y bajas, en personas con bastante y poca formación académica, en jóvenes y viejos, etc.
Sociólogos, economistas, psicólogos sociales y juristas latinos han investigado el tema, y se han propuesto responder al problema planteando diversas estrategias. El fenómeno del incumplimiento cuenta con interesantes análisis, como el que efectúa García Villegas sobre la “cultura del incumplimiento jurídico” o Carlos Nino sobre la “anomia boba”. Una cosa resulta cierta, el vivo no es tan vivo como piensa, pero la sociedad aplaude su comportamiento, generando tolerancia al incumplimiento de las normas legales por cualquier razón. Las reglas jurídicas plantean una hipótesis o supuesto de hecho, y seguidamente una consecuencia jurídica. No obstante los ciudadanos no obedecen a esta lógica; actúan contra el supuesto de hecho, sin ninguna consecuencia legal. Piensan que las reglas sólo son obstáculos impuestos para el logro de metas personales. No imaginan que las reglas tienen alguna razón de ser y que su existencia no es fortuita.
Quien se cola en el transporte público por ejemplo, supone que no habrá ninguna consecuencia negativa o si la hay, no lo afectará en el futuro; considera que al romper la regla, al saltar el obstáculo ha triunfado. No pagó su pasaje, ahorró parte de su capital y el sistema continua prestando el servicio con normalidad. Muy “pilo”, tiene una actitud digna de admirar, y hasta de replicar. Tal como en la historia, Vivo es un héroe; no hace trampa, hace proezas. No obedece como Bobo pero le va igual de bien, piensa. Pero Vivo no está sólo, en sus aventuras contra la ley lo acompañan Abeja y Avispado. Al romper la regla Vivo no recibe reproche alguno de Bobo o del resto curso. Al ver un colado, rara vez un ciudadano —y sucede también con la autoridad algunas ocasiones— expresa su inconformidad o le hace un reproche público. Se crea tolerancia por parte de quienes si obedecen la ley.
La estrategia resulta un éxito, hasta que todo el curso replica la conducta de Vivo. Todos hacen trampa. Más personas evitan pagar su pasaje y esperan que el sistema de transporte sea gratis para ellos. Allí, el profesor se da cuenta de la trampa y castiga al curso completo; en la realidad, el servicio de transporte aumenta su costo para el cumplido, y reporta con alguna frecuencia la muerte de uno que no lo es. Entre más incumplidos se suman, más inviable se vuelve el sistema. La ganancia del vivo desaparece, pues el servicio desmejora tanto para cumplidos, como para él. Lo mismo sucede en el caso de la corrupción a escala municipal, la infracción a las normas de tránsito o el fraude electoral.  
No propondré una solución desconocida, ni tampoco muy compleja. Evitemos ser los vivos; no premiemos el ingenio propio de la malicia indígena. Inculquemos como figuras que dan ejemplo a las generaciones venideras que el atajo no paga bien. Si la madre o padre de Vivo, o por lo menos la de Bobo, les hubieran enseñado aquello, el curso completo no estaría castigado.

Juan Manuel Martinez Ramirez