domingo, 3 de mayo de 2015

A pasos de gigante.

A propósito de la discusión alrededor de la aspersión de glifosato en los cultivos ilícitos del país, observo que a pasos de gigante avanza un nuevo paradigma en el mundo, que hace diez años habría sido censurado sin piedad. Cada vez más veloces, dichos pasos esbozan la gran revolución que se  adelanta en el seno del régimen internacional de lucha contra las drogas.

No es una sacrílega revolución liderada por Juan Manuel Santos -como piensa el Procurador General de la Nación-, sino una iniciativa regional al interior   de la Comisión Interamericana para el Control del Abuso de Drogas (CICAD). Dicha iniciativa nace por virtud de los múltiples informes y estudios realizados por expertos de todo el mundo que muestran sin dubitación el ostensible fracaso del clásico régimen internacional de lucha contra las drogas, fracaso que ha dado pie a que diversos Estados opten por tímidas alternativas, como la despenalización del consumo o el uso lícito de ciertas sustancias para tratamientos médicos.

Dicho régimen, que en esencia está basado en el principio prohibicionista y que se materializa mediante la penalización de diversas conductas –entre las que se encuentra el consumo  personal- no logró después de décadas de inversión de recursos de todo tipo, acabar con los grandes problemas sociales que la droga ha generado, como el narcotráfico, la violencia de los carteles y las graves afecciones a la salud de los consumidores. En contra partida, atiborró las cárceles de consumidores y pequeños traficantes -entre otros delitos relacionados con estupefacientes- que en Colombia, ascienden al 20,3% de la población carcelaria del país y cuyos costos económicos para el Estado son exorbitantes.

Esta revolución que a pasos de gigante avanza en el continente –y en el mundo- y que permea a Colombia, tiene como característica principal el abandono del principio prohibicionista. Así mismo, se caracteriza por invertir el target de la lucha estatal y regional: el énfasis deja de estar en atacar la oferta de drogas (guerra contra los carteles, erradicación de los cultivos), sino que centra sus esfuerzos en la demanda de drogas. Esa es la consecuencia más importante de reconocer la problemática de drogas como un problema de salubridad pública y no solamente un problema de delincuencia y penalización efectiva.

En opinión de este columnista el problema más serio alrededor de la producción, tráfico y consumo de drogas que enfrentan las organizaciones internacionales y los Estados es la existencia de redes transnacionales de crimen organizado y las operaciones ilícitas que ejecutan. Esta industria multimillonaria genera no solo unos beneficios económicos para dichas  redes, sino que paralelamente produce otros problemas como violencia, tráfico de armas y personas, lavado de activos, corrupción y terrorismo.  Sin embargo, este problema tampoco puede ser resuelto apelando a los instrumentos clásicos que ofrece el régimen internacional de lucha contra las drogas que hoy se encuentra vigente. La prueba determinante de dicha afirmación es la situación actual de los países de la región, como Colombia, México o Brasil.

Alternativas a la penalización de las conductas y especialmente a la privación de la libertad de las personas, la dirección de recursos para planes de salubridad pública y control del abuso de drogas, la creación de mecanismos multilaterales de colaboración para la lucha contra el lavado de activos, la institución de mercados legales y regulados estatalmente para el comercio de drogas, son ejemplos de las propuestas que al interior de la CICAD se han ofrecido para enfrentar la lucha contra las drogas en el continente.  

Las propuestas mencionadas son la muestra del avance  de una revolución paradigmática en el régimen internacional de lucha contra las drogas, que pone al prohibicionismo y la penalización al menos en un segundo plano. Este nuevo paradigma, que asienta la problemática principalmente en la demanda y no en la oferta, permea con rapidez los debates nacionales  e internacionales sobre las políticas de lucha contra las drogas y ofrece los insumos necesarios para salir de la utópica pretensión de un mundo sin drogas, a través del planteamiento de alternativas que permitan a los Estados beneficiarse de su existencia.

Jaime Andrés Nieto

Centro de Estudios Integrales en Derecho.

viernes, 17 de abril de 2015

Y ¿Qué nos queda?

En desarrollo del boom noticioso que actualmente vive Colombia, haciendo referencia a la muerte de aquellos militares en el Cauca donde se establece de facto que la culpa es en casi su mayoría atribuible al Presidente y con él a la política dirigida al proceso de paz, me permito hacer esta columna, con el animo probablemente de que la misma se convierta en parte de ese boom (el cual he criticado muchas veces en medio de mi carrera como estudiante de Jurisprudencia), y por un momento la población colombiana olvide el grueso de los problemas actuales (algo muy propio de nuestro periodismo colombiano).

En medio de tan atroz acto de violencia cometido hacia los militares en el Cauca, la gente ha criticado el proceso de paz, arguyendo que sujetos como las FARC no merecen que actualmente se lleve un proceso que establezca relaciones de dialogo, en las cuales se les concedan a dichos sujetos ciertas garantías en aras de que los mismos abandonen las armas, se integren a la sociedad y se acabe con la guerra o conflicto armado que por tantos años ha aquejado al país.

Adicionalmente, las personas se permiten decir que el proceso de paz es una farsa en toda su esencia, y que cómo puede establecerse paz con personas que cometen actos delictivos diariamente, así mismo, son tajantes en afirmar que la culpa de las muertes de dichos militares se debe a la política que implementa el actual Presidente Juan Manuel Santos. Y no siendo suficiente, las personas deciden hacer el paralelo de  1) cuál vida vale más o 2) cuáles actos se consideran mas atroces o en su defecto, más justificables, 3) o a quiénes son atribuibles los crimines mas atroces que hasta el momento se han cometido en Colombia contra la población civil, si la de los grupos insurgentes o la de los militares.

Y es en este punto, saturada de estados y mensajes en Facebook y Twitter, que me permití intervenir en la noticia del día de hoy, a dar mi opinión acerca de esos interrogantes que las personas se plantean y acerca de las criticas directas al proceso de paz; sin antes dejar claro que mis comentarios no van dirigidos al apoyo de un presidente de turno o no, o a las políticas que se implemente, sino a algo mucho más importante que en últimas debería interesar a todos los ciudadanos, y es el Estado, la Nación Colombiana.

Y primero, quisiera generar el interrogante en cada uno de los lectores ¿cuándo Colombia se convirtió en un país utilitarista? ¿cuándo se nos permitió entablar juicios de muerte de forma deliberada? ¿cuándo el sentido de humanidad se perdió en medio de políticas tendientes a incrementar el porcentaje de ingresos destinados a la guerra y a la muerte de guerrilleros, y de forma general a sujetos al margen de la ley?

Me permito ser yo, la que en este escrito, le recuerde a las personas que los guerrilleros siguen siendo seres humanos, me permito decirles a aquellas personas que preguntan con un odio desmesurado en sus corazones cuál vida vale más, que todas las vidas de todas las personas sobre la faz de la tierra tienen el mismo valor, y me permito responder esto no sólo por mis convicciones religiosas, sino por mis convicciones políticas, el Estado es, parafraseando a ilustres como Jean Jacques Rousseau, un conglomerado de personas, una entidad creada por voluntad de los sujetos, de ceder el poder y su libertad de decisión a un órgano más grande que todos nosotros, y que vele por los intereses de cada uno de sus asociados.

Para desdicha de muchos, los grupos al margen de la ley son parte de ese conglomerado o lo fueron en algún momento, y no pretendo extenderme en la discusión de la perdida de los derechos políticos o de la situación de irregularidad en la que viven dichas personas o de aquellas situaciones en que se pierde la nacionalidad, me permito afirmar que son parte del Estado, que son personas que interesan al Estado como ese ente supremo, no sólo por ser ellos parte del mismo, sino porque las acciones de los mismos afectan a todos los demás.

Y al ser el Estado ese órgano encargado de velar por el bienestar de todos, de ser ese órgano que funge en el marco de la justicia y el derecho, responderé el segundo y tercer interrogante que las personas han expresado a través de las redes sociales. Son más atroces y menos justificables los actos criminales cometidos por los militares a la población civil. Las personas no pueden olvidar que el Estado jamás puede ser comparado con un grupo al margen de la ley, que el Estado jamás podrá rebajarse al nivel de esos grupos o justificar hechos atroces con base en el desarrollo de un conflicto, y con esto no sólo me refiero a las diversas normas que en materia internacional hay al respecto, sino me refiero al caso hipotético (y no tan hipotético) en que el Estado decide actuar de la misma forma y con las mismas armas que lo hacen estos grupos irregulares, a través de personas como los militares, éstos últimos representantes del Estado, institución militar creada con el objetivo de proteger a la población colombiana, de garantizar la seguridad nacional y de atacar, sólo cuando fuese necesario, a aquellos grupos que afecten o atenten contra la seguridad de la nación y sus habitantes. Por eso, digo con total certeza que no se puede comparar los actos delictivos cometidos por los grupos insurgentes como son las FARC hacia la población civil con los actos delictivos que comenten los militares contra la misma población civil; ya que grupos como las FARC son personas que viven en un marco de ilegalidad, que aunque no justifica sus acciones, podría decirse son de aquellas personas de quienes se espera llegar un acto atroz, los militares en tanto agentes del Estado no pueden jamás justificar sus ataques contra la población civil (olvidando los temas de ventaja militar y ataques que se dan en medio de un conflicto) en aras de usar las mismas armas que los grupos irregulares.

En ese instante en que el Estado decide actuar como un criminal más, fuera de todo margen de derecho, que considero que se pierde la misma esencia del Estado, ya no es una entidad creada para el bienestar de sus asociados sino que se convierte en una maquina de poder o el juguete de algunos para decidir sobre la situación de todo un país, porque cuando eso sucede, cuando el Estado deja de actuar conforme a derecho ¿qué nos queda?

Por ello, a quienes exclaman a gritos las cifras innumerables de guerrilleros muertos que se expresaban en mandatos presidenciales anteriores, los llamo a dos reflexiones importantes: 1) la muerte y la guerra no son ni han sido nunca la solución cuando se presentan conflictos armados, y en especial uno de tan larga data como el colombiano, 2) que no se les olvide que en muchas de esas cifras presentadas estaban personas de la población civil, mejor identificados como los falsos positivos; personas matadas y masacradas por militares para ser pasadas como guerrilleros, en el afán incansable de mostrar cifras de los resultados que políticas como la de seguridad nacional alcanzaban (los sujetos como instrumento para un fin)

Por último, reflexiono sobre las criticas directas al proceso de paz, que en últimas es eso, un proceso, una transición, un lugar de debate en donde deben haber sacrificios por parte del Estado y por parte de los grupos armados, sin referirme particularmente a la muerte de personas, y sin justificar los actos cometidos por las FARC contra los militares muertos en el Cauca; pero si quiero enfatizar en que por situaciones como estas, por acontecimientos como estos no puede deslegitimarse un proceso de paz, que no es una política del presidente de turno, es una política de la nación, es algo que nos interesa a todos, y que en últimas los presidentes con sus políticas solo terminan siendo instrumentos para la consecución de un fin, la paz.

Nancy Alejandra Vera Guzmán
Bogotá, 17 de Abril, 2015
Centro de Estudios Integrales en Derecho




domingo, 12 de abril de 2015

La última silla



El proyecto de equilibrio de poderes que cursa su quinto debate en el Congreso por estos días, propone la asignación de una curul para quien quede de segundas en las votaciones presidenciales, esto parece un esfuerzo interesante para la consolidación de la oposición.


El valor que ha ganado la oposición en Colombia en los últimos años es evidente. El opositor pasó, en pocos años, de ser una categoría inexistente a ser protagonista de la vida nacional.

Sin embargo, la fragilidad de su figura aún es latente: sin estatuto de la oposición y con un sistema híper-presidencialista -que carga de facultades al presidente- fácilmente la oposición puede ser opacada.

Nuestra historia conformó un sistema político que obstaculiza el ejercicio de la oposición.  La herencia que recibimos del Frente Nacional fue la de una sociedad políticamente cerrada, en la que no se podía ascender -o descender- en el panorama electoral si no se hacía parte de los partidos históricos.

Los efectos devastadores del acuerdo bipartidista ya los conocemos: el fortalecimiento de las burocracias internas, el reparto de la maquinaria administrativa del Estado como si fuera propiedad privada, el declive de las ideologías políticas y la imposibilidad de nuevas fuerzas para acceder a la composición del poder -que es una de las causas históricas del conflicto social-, además de la persecución y exterminio al que fueron sometidos sectores de la oposición.  (para mas información ver el informe ¡Basta ya! del Centro de Memoria Histórica aquí

Pero, definitivamente ni los individuos ni las sociedades están condenados a amoldarse a sus desgracias. Como todo lo que los humanos hemos creado, el diseño institucional no es un modelo invariable e intocable, sino que como artesanías, las democracias, si quieren crecer,  deben irse moldeando, lijando, y perfeccionando  para dar respuesta a las necesidades de la época.

Con la Constitución del 91 se rompió parcialmente con este modelo de participación política cerrado, sin embargo, no fue suficiente para la consolidación de la democracia, y en especial para el fortalecimiento de la oposición. Existen barreras de origen constitucional que enfrenta el sector político que quiere hacer oposición en Colombia. Pensemos en dos ejemplos:

El primero, tiene que ver con la práctica electoral, tal como está reglada en nuestra constitución, y es que la circunscripción nacional para elegir al Senado, permite que un candidato pueda hacer campaña en todo el territorio nacional, lo que incrementa los costos en tal grado que solo llegan al Senado dos tipos de competidores:  quienes tienen un alto reconocimiento popular –el voto de opinión-,  y quienes llegan, o bien porque comprometen su independencia política con algún sector económico –legal o ilegal-, o bien porque tienen la maquinaria burocrática para lograrlo. Y me atrevería a asegurar que son más los del segundo tipo que los del primero.

El segundo es de origen normativo, donde existe un déficit de protección, pues si bien la constitución protege el derecho a ejercer la oposición con una serie de garantías tales como la democratización de los medios de comunicación públicos y la participación en los órganos electorales, estas garantías no se han hecho efectivas.

Por ser un derecho fundamental, la carta política ordena que se reglamente mediante una ley estatutaria, que no ha podido ser acordada, unas veces por falta de interés del gobierno, y otras porque sectores dogmáticos de la oposición no han sido capaces de sentarse a la mesa a dialogar. A pesar de esto el Ministro del Interior insistió nuevamente en la necesidad de concertarlo. (Ver el Ministro del Interior se compromete a promover estatuto de la oposición aquí

En medio de este panorama, llama la atención la propuesta del gobierno en el proyecto de equilibrio de poderes, de asignar una curul en el senado al segundo candidato más votado en las elecciones presidenciales.

Esto no se puede ver como un premio de consolación. Tampoco puede pensarse en términos personales, acerca de quien o quienes hubieran podido ocupar esta curul en las elecciones anteriores, sino  que debe ser analizado en términos institucionales, en el beneficio que puede aportar a la democracia.

En realidad representa el  reconocimiento al voto y  al derecho a acceder a la conformación del  poder de los ciudadanos que no se identifican con las propuestas del candidato vencedor, y que se manifestaron con cierta vocación de alcanzar la presidencia, que si bien no se concretó, tampoco sus votos se van a la caneca.

El beneficio para la democracia residiría en el fortalecimiento de la oposición a través de la conservación de al menos una de las voces disidentes más relevante, que no quedaría eliminada de plano, sino que recibiría la última silla en el Senado, y digo la última no por ser la menos importante, contrario a esto, sería una sobre las cuales recaería mayor expectativa, pues se esperaría un control político contundente hacia  el presidente.

La coherencia programática e ideológica sería puesta a prueba, ¿luego de las elecciones persisten las diferentes visiones discutidas en la campaña, o por el contrario, sólo se velaba detrás del discurso la conquista del poder por el poder?

Por supuesto, el respeto y la garantía de la oposición no se agota ahí, pues esta disposición sólo favorece a un grupo con un caudal electoral más o menos grande, pero no a los partidos pequeños que no hacen parte de las mayorías parlamentarias.

No escapa a la crítica la figura propuesta. Dos objeciones pueden saltar a la vista: Por un lado puede surgir una crítica de orden teórico, pues es problemático que el voto de unos ciudadanos en la práctica puedan elegir dos veces senador, mientras que los partidarios de otras expresiones políticas minoritarias no contarían con este privilegio, esto desequilibraría el poder entre las mismas facciones de oposición, y  pondría en juego el principio de soberanía popular, que coloca en cabeza de cada ciudadano la misma cuota de poder.

Por otro lado, teniendo en cuenta la historia electoral reciente, se puede decir que quienes han disputado la presidencia y han quedado en segundo lugar, en últimas son representantes del mismo sector político que tradicionalmente ha conservado el poder, y que solo se diferencia en aspectos de forma y no de fondo, luego la disposición que comentamos sólo redundaría en el fortalecimiento de quienes han detentado el poder y no de quienes luchan por arrebatárselo.

Ambas son objeciones relevantes que merecen ser analizadas con detenimiento; sin embargo, para la consolidación de la paz, el aceptar que existen visiones políticas diferentes, reconociéndose mayor participación en el congreso es un avance considerable, teniendo en cuenta nuestra historia donde se ha preferido la eliminación de las diferencias en lugar de la coexistencia y el acuerdo. 

Jannluck Canosa Cantor
12 de Abril de 2015
Centro de Estudios Integrales en Derecho

@JannCanosa

sábado, 14 de marzo de 2015

¿Tinterillos?



¡Tinterillos!, ¡Abogados de baranda!, fueron los calificativos que escuché al iniciar mi carrera como abogado, referidos a aquellos colegas que mecanizan la labor del jurista y la hacen un oficio sin impacto significativo alguno. 
Con el reciente escándalo en el seno de la Corte Constitucional, esta semana leí en el diario El Tiempo un titular que me pareció a todas luces decepcionante: ``La ética no tiene nada que ver con el derecho´´, palabras proferidas por uno de los penalistas taquilleros del país.
Uno de mis grandes maestros en la Universidad alguna vez pronunció un discurso en medio de sus clases, que me parece pertinente para abordar las palabras del abogado del magistrado Pretelt: ``sean abogados antes que especialistas y personas antes que abogados.´´  El mensaje no era otro que reconocer el carácter necesariamente ético de la profesión, con una responsabilidad quizás mayor, pues en manos del abogado reposan los intereses de sus clientes  y su compromiso con el ideal de la justicia, que en ningún momento puede ser distorsionado para alcanzar fines particulares y oprobiosos.
Desde la labor del maestro de escuela, hasta  la del carpintero, desde  la del  ingeniero hasta la del obrero, el despliegue de toda actividad profesional debe estar regido por un contenido ético, independiente del entendimiento religioso, cultural o social con que podamos tratarle. 
Por ende, la ética antecede al derecho como norma de conducta, es la primera pretensión regulatoria de la vida en comunidad, es la base sobre la cual se construye el sustrato jurídico. Y para no comprometerme con cosmovisiones específicas creo que la regla ética por excelencia se resume en no hacer a los demás lo que no nos gustaría que nos hicieran.
Todo comportamiento en la vida personal y profesional debe estar regido por esa máxima; para alcanzar la plenitud no solo se necesita ser un jurista de grandes ligas sino también una persona extraordinaria, que encarne los valores de la justicia, la equidad, la honestidad, y la probidad, que describen a la perfección el deber ser del derecho.
Como abogados estamos para servir a los demás y en especial a los que más lo necesitan, actuando por la senda de lo correcto. Es en el servicio a nuestros clientes en donde encuentra sentido nuestra profesión, en el actuar con humanidad pero sobre todo con dignidad, en saber decir no cuando hay que hacerlo; para darle sentido a nuestra labor, para rescatarla del abismo de la reputación denigrante en que ha caído.
¿Tinterillo?, tinterillo el abogado sin ética, sin escrúpulos, porque aquellos colegas que desempeñan su trabajo por la senda de la integridad, por muy modesta que sea la labor que realicen, no merecen otro calificativo distinto al de JURISTAS, ellos son los hombres y mujeres que merecen nuestro reconocimiento. 

Concluyo con un llamado a todos los estudiantes de derecho, a los ya profesionales y a los servidores públicos: no olvidemos para que estamos, no olvidemos qué le da sentido a nuestra profesión, para que el próximo titular sea ``la ética tiene todo que ver con el derecho´´.

Diego Alejandro Hernández Rivera
Centro de Estudios Integrales en Derecho
14 de marzo de 2015.

lunes, 9 de marzo de 2015

Las víctimas no tendrán paz hasta que no logren la justicia.


Con el pasar de los meses hemos escuchado preocupantes afirmaciones por parte de varios reconocidos miembros de la política nacional frente al Marco Jurídico para la Paz.  Es alarmante la manera como aquellos que están en cabeza de las negociaciones y quienes le otorgan la legitimidad social y política a estas, consideran como fundamento esencial para garantizar la paz en el territorio Colombiano, la concesión de amnistías o figuras similares a aquellos máximos responsables de crímenes de lesa humanidad y crimines de guerra.

Del mismo modo, es inquietante la forma como han tergiversado las reglas del Sistema Interamericano de los Derechos Humanos y del Derecho Internacional Humanitario, para poderlas encuadrar en sus discursos políticos, pretendiendo legitimar sus decisiones frente a la sociedad nacional e internacional, cuando es evidente que sus actuaciones son contrarias al sistema jurídico internacional.

En primer lugar, es necesario reiterar y resaltar que  tanto en el marco del derecho internacional convencional y consuetudinario se ha establecido como regla absoluta la prohibición del otorgamiento de amnistías a aquellos que son considerados como máximos responsables de Crímenes de Lesa Humanidad y Crímenes de Guerra[1].

De esta manera es errónea la interpretación que esta realizando el gobierno Colombiano frente a la decisión de la Corte Interamericana sobre el caso El Mozote vs. El Salvador, ya que este en ningún momento considera la compatibilidad de las amnistías con el derecho internacional en el marco de los procesos de paz.

De acuerdo a esta decisión,  la interpretación del articulo 6.5 del Protocolo Adicional II de los Convenios de Ginebra de 1949 es que el otorgamiento de amnistías para garantizar la paz no es una norma absoluta, en tanto existe la obligación internacional de investigar y juzgar a los máximos responsables de los crímenes de guerra y crímenes de lesa humanidad.

Por lo tanto la disposición del Protocolo Adicional respecto a amnistías amplias se debe entender como aplicable únicamente para aquellos sujetos que cometan actos relacionados con el conflicto armado, siempre y cuando no sean considerados como los máximos responsables de crímenes internacionales.

La concesión de amnistías es un mecanismo para desproteger los intereses de las victimas de crímenes internacionales, es un obstáculo para la verdad , la justicia y reparación,  derechos reconocidos internacionalmente como esenciales para evitar la impunidad de atroces actuaciones.

Al final de cuentas, las amnistías y otras figuras análogas son mecanismos que terminan deslegitimando los actos del Estado, al ser un claro ejemplo de un actuar contrario a la ley y al demostrar la falta de capacidad de este para proteger, reparar y reivindicar los derechos de aquellas personas que han sufrido gravemente por la comisión de crímenes internacionales.

Por ultimo,  se resalta que en el caso que el Estado colombiano termine por tomar la decisión de otorgar amnistías o una figura análoga a los máximos responsables de crímenes de lesa humanidad y crímenes de guerra,  esto no impedirá que otras instancias internacionales tomen medidas al respecto.

Colombia es Estado parte del Estatuto de Roma, por lo tanto ha aceptado que en situaciones que demuestren su falta de disposición en investigar, juzgar y sancionar a los máximos responsables de crímenes de guerra y lesa humanidad, se active automáticamente la jurisdicción de la Corte Penal Internacional. Igualmente frente a dicho tribunal internacional es claro que las amnistías concedidas internamente no afectan de ningún modo su facultad de impartir justicia.

Es así que la paz no puede ser un obstáculo para la justicia, la paz no puede ser una excusa para la impunidad, los conflictos y la violencia sistemática y generalizada ejecutada por Estados o estructuras organizadas afectan gravemente la integridad física y psicológica de la población civil, poniendo en riesgo el tejido social y la existencia de la humanidad en si misma.


Daniela Suárez Vargas
Bogotá, 9 de marzo, 2015
Centro de Estudios Integrales en Derecho
Twitter: @CentroCeid




[1] Ver Asamblea General de la ONU Resolución 95(I) de 1946, Resolución 177 (II) de 1947; Estatuto de Roma, 1998 ; Comité de Derechos Humanos, observación general Nº 31(2004),Párr. 18; CorteIDH  Gelman vs Uruguay, Párr. 226,227 y 228; El Mozote vs el Salvador, Párr.  283,285 y 286 ;Almonacid-Arellano vs Chile, Párr. 114, Protocolo Adicional I de las Convenciones de Ginebra, 1977, Art 85.