Al finalizar la ronda de
diálogos número 37 en La Habana, una de las principales noticias a resaltar fue
la creación de una “Comisión de la Verdad” para el esclarecimiento de los
crímenes y actos cometidos durante el conflicto armado que aqueja al país desde
hace varias décadas. Esta institución se pretende, según el comunicado conjunto
de las comisiones negociadoras del Gobierno y de las FARC, como una “entidad de
nivel nacional, con un enfoque territorial, cuyo mandato será esclarecer
infracciones graves a los derechos humanos y derecho internacional humanitario,
en especial las de carácter masivo”[1].
Así, se prevé que la Comisión
de la Verdad tenga como fin “establecer “las responsabilidades colectivas"
del Estado, las FARC, los paramilitares, y otros grupos o entidades”.
Ahora bien, la necesidad de una
Comisión de la Verdad es algo que se ha debatido a lo largo de la ocurrencia de
procesos de justicia transicional alrededor del mundo. La conveniencia o no de
contar la verdad y del mecanismo que se elija para tal, son temas que van más
allá de la simple reglamentación y que comprometen estudios sociológicos y
médicos acerca de la incidencia de hacerlo en las víctimas. Se ha afirmado, y
se tiene en la consciencia general, que la verdad es primordial parar curar las
heridas causadas en el conflicto y que es un camino directo a la conciliación.
Sin embargo, estudios han encontrado que el proceso de contar la verdad puede
no ayudar mucho en la reparación psicológica de las víctimas e incluso empeorar
la situación del tejido social. Reconoce Brahm (2005) que las comisiones de
verdad en el análisis de setenta y ocho países durante los años 1980 hasta el
2003 tuvieron un mínimo (y en algunos casos negativo) efecto en el respeto por
los derechos humanos y nigún efecto en la práctica democrática. A la anterior
conclusión, se suma Meernik (2005) donde reconoce que los juzgamientos y
arrestos de grupos por el Tribunal para la Antigua Yugoslavia causaron incluso
un incremento de hostilidades entre grupos étnicos de Bosnia y Herzegovina e
incluso que el mismo, junto con su mecanismo de descubrimiento de la verdad, no
ayudaron a la construcción de la paz en dicho país.
Los anteriores resultados,
explica Karen Broneus (2010), el entorno del proceso de contar la verdad en una
Comisión de la Verdad suele ser público, abierto y nunca con un fin terapéutico
sino informativo. Esto quiere decir, que el proceso de contar la verdad se
limita a establecer información sobre los hechos sucedidos para diferentes
fines distintos al de sanar posibles traumas de las víctimas. Incluso prosigue
Broneus (2010) en su estudio, que aquellas víctimas y testigos presenciales de
los hechos, presentaban más altos niveles de depresión que aquellos que no
asistían a esas audiencias en el marco de comisiones de verdad.
¿Es entonces un mecanismo
colegiado, nacional y despersonalizado adecuado para un estudio legítimo de lo
sucedido en el conflicto colombiano? El panorama no parece alentador. La idea
de un mecanismo independiente y autónomo con fines no judiciales, pero
encaminado a establecer responsabilidades colectivas es un contrasentido en sí
mismo; aquello dicho en esa comisión, informa BBC, “no podrá ser trasladada por
esta a autoridades judiciales para ser utilizada con el fin de atribuir
responsabilidades en procesos judiciales”[2].
Por lo tanto el fin de aquel
mecanismo parecer ser el de un conocimiento político de aquellas atrocidades,
que aun siendo masivas, quedaron con cabos sin atar; cuando el fin último de la
verdad en un proceso de este tipo es ser otorgar las posibilidades para
establecer un escenario de perdón legítimo.
Para ello, la participación del
proceso del esclarecimiento de la necesidad de la verdad debe ser dispuesta únicamente
por las víctimas. Esta idea se hace más clara si tenemos en cuenta que las
necesidades de verdad varían frente a cada persona y que el proceso de
interiorizarla varía de manera gigante de persona a persona. Es un
despropósito, entonces, que las acciones de esta próxima Comisión de la Verdad
se limiten especialmente al esclarecimiento de hechos masivos, pues se
despersonaliza una necesidad íntima y propia. Lo ideal, y lo que proponemos
desde este escrito, es que se analice que los efectos de conocer la verdad para
llegar a una eventual reconciliación sobre cada víctima varían, y que el
mecanismo que se idee debe contemplar una “personalización de la verdad” en
donde la víctima pueda disponer del grado de verdad que para la reconciliación
y la disposición de perdonar pueda necesitar. Para esto el Estado debería
garantizar el acceso individual y atender en lo posible la totalidad de las
víctimas ante una comisión que pueda darles respuestas.
David Guerrero
Miembro del Centro de Estudios
Integrales en Derecho
Twitter: @Unvaciadomas
No hay comentarios:
Publicar un comentario